Objeto Social

La Fundación para la Defensa y el Desarrollo Integral de las Personas que se denomina por sus siglas"FUNDIPER" tiene como objeto social contribuir en la consecución de los fines del Estado venezolano, los cuales están consagrados entre otros en el artículo 3 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela de 1.999 el cual establece textualmente lo siguiente:

"El Estado tiene como fines esenciales la defensa y el desarrollo de la persona y el respeto a su dignidad, el ejercicio democrático de la voluntad popular, la construcción de una sociedad justa y amante de la paz, la promoción de la prosperidad y el bienestar del pueblo y la garantía del cumplimiento de los principios, derechos y deberes consagrados en esta Constitución. La educación y el trabajo son los procesos fundamentales para alcanzar dichos fines."

En este sentido nace esta fundación sin fines de lucro, entendiendo a la persona como el principio y fin de todas las cosas, como el centro de todo lo que nos rodea y hacia la cual debe estar dirigida la acción del Estado y la corresponsabilidad de éste con la sociedad civil, con el sueño sublime de hacer humana la humanidad y que al ser humano no se le tome como mercancía, como un objeto sino como un sujeto activo y protagónico.

FUNDIPER es un instrumento al servicio de la Defensa y el Desarrollo Integral de las Personas, el respeto a su dignidad, los DD.HH. y las Garantías Sociales. En estos tiempos donde los falsos valores, los convencionalismos sociales, el modernismo y las telecomunicaciones promueven el terror y la muerte amenazando la humanidad, hay que sumar voluntades para que triunfe la vida, el amor, la ternura y la solidaridad.

Para mayor ilustración seguidamente trascribimos parte del texto contentivo del objeto social de FUNDIPER establecido en el documento constitutivo estatutario:

La Fundación para la Defensa y el Desarrollo Integral de las Personas, denominada por sus siglasFUNDIPER, tiene como objeto coadyuvar por sí misma y estimular a otros en la consecución de los fines del Estado Venezolano, los cuales se centran fundamentalmente en la persona, considerándola como el principio y fin de todas las cosas y hacia la cual debe ir dirigida toda actuación en pro de su dignificación y mejoramiento de la calidad de vida, cumpliendo así con el sagrado principio Bolivariano de llevar la mayor suma de felicidad posible a la nación venezolana.

En la consecución de tales fines propugnamos como valores superiores de nuestra estructura jurídica y de nuestra actuación, la vida, la libertad, la justicia, la igualdad, la solidaridad, la democracia, la responsabilidad social y la preeminencia de los derechos humanos, la ética y el pluralismo político. Para llevar a cabo su objeto social, FUNDIPER podrá ejercer las siguientes actividades, las cuales tienen carácter enunciativo y en modo alguno taxativas.

1).-  Defender, conforme al principio de progresividad y sin discriminación alguna, el goce y ejercicio irrenunciable, indivisible e interdependiente de los derechos humanos, consagrados en el artículo 19 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

2).- Defender y promover el derecho de igualdad de todas las personas ante la ley, y en consecuencia la no discriminación fundada en la raza, el sexo, el credo, la condición social o aquellas que, en general, tengan por objeto o por resultado anular o menoscabar el reconocimiento, goce o ejercicio en condiciones de igualdad, de los derechos y libertades de toda persona y que se respete su integridad física, psíquica y moral.

3).- Defender y promover el derecho que tienen todas las personas de acceder a los órganos de administración de justicia para hacer  valer sus derechos e intereses, a la tutela judicial efectiva de los mismos y a obtener con prontitud la decisión correspondiente.

 4).- Defender y promover el derecho y el deber de trabajar y sus principios constitucionales y legales a los fines que toda persona pueda obtener ocupación productiva, que le proporcione una existencia digna y decorosa y así la riqueza que es un producto social generado principalmente por los trabajadores sea distribuida justamente entre quienes la producen para que puedan garantizar una vida digna junto a sus familias, superando la enajenación del trabajo y todas las formas de explotación.

5).- Defender y promover el derecho y el deber de los jóvenes de ser sujetos activos del proceso de desarrollo de la nación, y contribuir en crear oportunidades para estimular su tránsito productivo hacia la vida adulta y su incorporación a ser autores, participes y protagonistas del futuro de nuestro país.

6).- Defender y promover el derecho que tienen todas las personas a la cultura y las artes; al deporte y promover las distintas disciplinas; a la recreación como actividades que benefician la calidad de vida y a una educación integral de calidad, permanente, en igualdad de condiciones y oportunidades, sin más limitaciones que las derivadas de sus aptitudes, vocaciones y aspiraciones, para así contribuir con la formación ciudadana.

7).- Defender y promover el derecho que tienen todas las personas a disponer de bienes y servicios de calidad, así como a una información adecuada y no engañosa sobre el contenido y características de los productos y servicios que consumen, a la libertad de elección, a un trato equitativo y digno, al resarcimiento de los daños ocasionados y denunciar cualquier irregularidad ante los organismos competentes. FUNDIPER podrá promover el derecho que tienen todas las personas a organizarse para la representación y defensa de sus derechos e intereses en el acceso a los bienes y servicios para la satisfacción de sus necesidades y en consecuencia la constitución de los comités de contraloría social para el abastecimiento.

8).- Contribuir en garantizar el desarrollo integral de las personas con discapacidad de manera plena y autónoma, de acuerdo con sus capacidades, y lograr la integración a la vida familiar y comunitaria mediante su participación directa como ciudadanos y ciudadanas plenos de derechos y la participación solidaria de la sociedad y la familia. De esta forma FUNDIPER velará por el efectivo cumplimiento de la LEY PARA LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD, y de otros instrumentos jurídicos protectores de estos derechos.

9).-  Promover el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia, creando condiciones para prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en cualquiera de sus manifestaciones y ámbitos, impulsando cambios en los patrones socioculturales que sostienen la desigualdad de género y las relaciones de poder sobre las mujeres, para favorecer la construcción de una sociedad justa, democrática, participativa, paritaria y protagónica, motivando así la lucha por la liberación de la mujer, el enfrentamiento al bloqueo de la sensibilidad humana y la enajenación sexual.

10).- Promover el acceso de todas las personas a las Tecnologías de Información y Comunicación como un derecho humano, fundamentalmente la alfabetización tecnológica, entendida ésta como las herramientas básicas en el uso de la computación.

11).- Defender y promover el derecho que tienen todas las personas individual y colectivamente a disfrutar de una vida y de un ambiente seguro, sano y ecológicamente equilibrado, tomando en cuenta que es un derecho y un deber de cada generación proteger y mantener el ambiente en beneficio de sí misma y del mundo futuro.

12).- Defender y promover el deber que tenemos todos los venezolanos de honrar y defender la patria, sus símbolos y valores culturales; resguardar y proteger la soberanía, la nacionalidad, la integridad territorial, la autodeterminación y los intereses de la nación; cumplir y hacer cumplir la constitución y las leyes; cumplir con la responsabilidad social y participar solidariamente en la vida política, civil y comunitaria del país, promoviendo y defendiendo los derechos humanos como fundamento de la convivencia democrática y de la paz social.

13).- Defender y promover el principio de corresponsabilidad entre el Estado y la sociedad civil, consagrado en el artículo 326 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, el cual se ejerce sobre los ámbitos económico, social, político, cultural, geográfico, ambiental y militar.

14).- Contribuir con el fin supremo de refundar la República para establecer una sociedad democrática, participativa y protagónica, multiétnica y pluricultural en un Estado de justicia, federal y descentralizado, que consolide los valores de la libertad, la independencia, la paz, la solidaridad, el bien común, la convivencia y el imperio de la ley, todo en el marco de lo establecido en el preámbulo de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela de   1.999.

15).- Difundir el pensamiento de “El Libertador Simón Bolívar”, por ser la persona más importante de nuestra historia venezolana, por ser quien logró constituir en Venezuela un gobierno independiente, la fundación de nuestra República, la libertad de nuestro pueblo, el inicio de la abolición de la esclavitud y el inicio del establecimiento de una sola clase de personas: Ciudadanos.


Entre otros, como un fondo económico de ayudas sociales para la atención de personas y causas susceptibles de ser beneficiarios, realizar campañas informativas a los fines de cumplir con el objeto social de esta fundación, y planificar congresos, seminarios, cursos, así como la publicación de estudios e investigaciones dirigidas a lograr el mayor conocimiento posible sobre la defensa y el desarrollo integral de las personas.  
  

Todas las personas somos iguales y tenemos iguales derechos


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