La
Fundación para la Defensa y el Desarrollo Integral de
las Personas que se
denomina por sus siglas"FUNDIPER" tiene como objeto
social contribuir en la consecución de los fines del Estado venezolano, los
cuales están consagrados entre otros en el artículo 3 de la Constitución de la
República Bolivariana de Venezuela de 1.999 el cual establece textualmente lo
siguiente:
"El
Estado tiene como fines esenciales la defensa y el desarrollo de la persona y
el respeto a su dignidad, el ejercicio democrático de la voluntad popular, la
construcción de una sociedad justa y amante de la paz, la promoción de la
prosperidad y el bienestar del pueblo y la garantía del cumplimiento de los
principios, derechos y deberes consagrados en esta Constitución. La
educación y el trabajo son los procesos fundamentales para alcanzar dichos
fines."
En este
sentido nace esta fundación sin fines de lucro, entendiendo a la persona como
el principio y fin de todas las cosas, como el centro de todo lo que nos rodea
y hacia la cual debe estar dirigida la acción del Estado y la
corresponsabilidad de éste con la sociedad civil, con el sueño sublime de hacer
humana la humanidad y que al ser humano no se le tome como mercancía, como un
objeto sino como un sujeto activo y protagónico.
FUNDIPER
es un instrumento al servicio de la Defensa y
el Desarrollo Integral de las Personas, el respeto a su dignidad, los
DD.HH. y las Garantías Sociales. En estos tiempos donde los falsos valores,
los convencionalismos sociales, el modernismo y
las telecomunicaciones promueven el terror y la muerte amenazando
la humanidad, hay que sumar voluntades para que triunfe la vida, el
amor, la ternura y la solidaridad.
Para mayor ilustración seguidamente
trascribimos parte del texto contentivo del objeto social de FUNDIPER
establecido en el documento constitutivo estatutario:
La Fundación para la Defensa y el
Desarrollo Integral de las Personas, denominada por sus siglasFUNDIPER, tiene
como objeto coadyuvar por sí misma y estimular a otros en la consecución de los
fines del Estado Venezolano, los cuales se centran fundamentalmente en la
persona, considerándola como el principio y fin de todas las cosas y hacia la
cual debe ir dirigida toda actuación en pro de su dignificación y mejoramiento
de la calidad de vida, cumpliendo así con el sagrado principio Bolivariano de
llevar la mayor suma de felicidad posible a la nación venezolana.
En la consecución de tales fines
propugnamos como valores superiores de nuestra estructura jurídica y de nuestra
actuación, la vida, la libertad, la justicia, la igualdad, la solidaridad, la
democracia, la responsabilidad social y la preeminencia de los derechos
humanos, la ética y el pluralismo político. Para llevar a cabo su objeto
social, FUNDIPER podrá ejercer las siguientes actividades, las
cuales tienen carácter enunciativo y en modo alguno taxativas.
1).- Defender, conforme
al principio de progresividad y sin discriminación alguna, el goce y ejercicio
irrenunciable, indivisible e interdependiente de los derechos humanos,
consagrados en el artículo 19 de la Constitución de la República Bolivariana de
Venezuela.
2).- Defender y promover
el derecho de igualdad de todas las personas ante la ley, y en consecuencia la
no discriminación fundada en la raza, el sexo, el credo, la condición social o
aquellas que, en general, tengan por objeto o por resultado anular o menoscabar
el reconocimiento, goce o ejercicio en condiciones de igualdad, de los derechos
y libertades de toda persona y que se respete su integridad física, psíquica y
moral.
3).- Defender y promover
el derecho que tienen todas las personas de acceder a los órganos de
administración de justicia para hacer valer sus derechos e intereses, a
la tutela judicial efectiva de los mismos y a obtener con prontitud la decisión
correspondiente.
4).- Defender y
promover el derecho y el deber de trabajar y sus principios constitucionales y
legales a los fines que toda persona pueda obtener ocupación productiva, que le
proporcione una existencia digna y decorosa y así la riqueza que es un producto
social generado principalmente por los trabajadores sea distribuida justamente
entre quienes la producen para que puedan garantizar una vida digna junto a sus
familias, superando la enajenación del trabajo y todas las formas de
explotación.
5).- Defender y
promover el derecho y el deber de los jóvenes de ser sujetos activos del
proceso de desarrollo de la nación, y contribuir en crear oportunidades para
estimular su tránsito productivo hacia la vida adulta y su incorporación a ser
autores, participes y protagonistas del futuro de nuestro país.
6).- Defender y
promover el derecho que tienen todas las personas a la cultura y las artes; al
deporte y promover las distintas disciplinas; a la recreación como actividades
que benefician la calidad de vida y a una educación integral de calidad,
permanente, en igualdad de condiciones y oportunidades, sin más limitaciones
que las derivadas de sus aptitudes, vocaciones y aspiraciones, para así
contribuir con la formación ciudadana.
7).- Defender y promover
el derecho que tienen todas las personas a disponer de bienes y servicios de
calidad, así como a una información adecuada y no engañosa sobre el contenido y
características de los productos y servicios que consumen, a la libertad de
elección, a un trato equitativo y digno, al resarcimiento de los daños ocasionados
y denunciar cualquier irregularidad ante los organismos competentes. FUNDIPER podrá
promover el derecho que tienen todas las personas a organizarse para la
representación y defensa de sus derechos e intereses en el acceso a los bienes
y servicios para la satisfacción de sus necesidades y en consecuencia la
constitución de los comités de contraloría social para el abastecimiento.
8).- Contribuir en
garantizar el desarrollo integral de las personas con discapacidad de manera
plena y autónoma, de acuerdo con sus capacidades, y lograr la integración a la
vida familiar y comunitaria mediante su participación directa como ciudadanos y
ciudadanas plenos de derechos y la participación solidaria de la sociedad y la
familia. De esta forma FUNDIPER velará por el efectivo
cumplimiento de la LEY PARA LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD, y
de otros instrumentos jurídicos protectores de estos derechos.
9).- Promover el
derecho de las mujeres a una vida libre de violencia, creando condiciones para
prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en
cualquiera de sus manifestaciones y ámbitos, impulsando cambios en los patrones
socioculturales que sostienen la desigualdad de género y las relaciones de
poder sobre las mujeres, para favorecer la construcción de una sociedad justa,
democrática, participativa, paritaria y protagónica, motivando así la lucha por
la liberación de la mujer, el enfrentamiento al bloqueo de la sensibilidad
humana y la enajenación sexual.
10).- Promover el acceso
de todas las personas a las Tecnologías de Información y Comunicación como un
derecho humano, fundamentalmente la alfabetización tecnológica, entendida ésta
como las herramientas básicas en el uso de la computación.
11).- Defender y
promover el derecho que tienen todas las personas individual y colectivamente a
disfrutar de una vida y de un ambiente seguro, sano y ecológicamente
equilibrado, tomando en cuenta que es un derecho y un deber de cada generación
proteger y mantener el ambiente en beneficio de sí misma y del mundo futuro.
12).- Defender y promover
el deber que tenemos todos los venezolanos de honrar y defender la patria, sus
símbolos y valores culturales; resguardar y proteger la soberanía, la
nacionalidad, la integridad territorial, la autodeterminación y los intereses
de la nación; cumplir y hacer cumplir la constitución y las leyes; cumplir con
la responsabilidad social y participar solidariamente en la vida política,
civil y comunitaria del país, promoviendo y defendiendo los derechos humanos
como fundamento de la convivencia democrática y de la paz social.
13).- Defender y promover
el principio de corresponsabilidad entre el Estado y la sociedad civil,
consagrado en el artículo 326 de la Constitución de la República Bolivariana de
Venezuela, el cual se ejerce sobre los ámbitos económico, social, político,
cultural, geográfico, ambiental y militar.
14).- Contribuir con el
fin supremo de refundar la República para establecer una sociedad democrática,
participativa y protagónica, multiétnica y pluricultural en un Estado de
justicia, federal y descentralizado, que consolide los valores de la libertad,
la independencia, la paz, la solidaridad, el bien común, la convivencia y el
imperio de la ley, todo en el marco de lo establecido en el preámbulo de la Constitución
de la República Bolivariana de Venezuela de 1.999.
15).- Difundir el
pensamiento de “El Libertador Simón Bolívar”, por ser la persona más importante
de nuestra historia venezolana, por ser quien logró constituir en Venezuela un
gobierno independiente, la fundación de nuestra República, la libertad de
nuestro pueblo, el inicio de la abolición de la esclavitud y el inicio del
establecimiento de una sola clase de personas:
Ciudadanos.
Entre otros, como un fondo económico
de ayudas sociales para la atención de personas y causas susceptibles de ser
beneficiarios, realizar campañas informativas a los fines de cumplir con el
objeto social de esta fundación, y planificar congresos, seminarios, cursos,
así como la publicación de estudios e investigaciones dirigidas a lograr el
mayor conocimiento posible sobre la defensa y el desarrollo integral de las
personas.
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