La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela establece en su
artículo 43 que el derecho a la vida es inviolable, en este mismo sentido la
Declaración Universal de Derechos Humanos contempla en su artículo 3 que todo individuo
tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona.
Pero es el caso que en
diferentes lugares de ciudad de Caracas, manifestantes opositores al gobierno
de Nicolás Maduro han colocado guayas de alambre atravesando las calles, lo
cual trajo como resultado que en la avenida Rómulo Gallegos a
la altura del sector Horizonte, cuando conducía su motocicleta, muriera en horas
de la noche de este viernes 21 de febrero de 2014 el ciudadano Santiago Enrique
Pedroza de 29 años, al tratar atravesar una barricada para llegar a su casa.
Si bien el fin principal del Estado venezolano es la defensa y el
desarrollo integral de la persona y el respeto a su dignidad, desde FUNDIPER
exigimos del Estado como garante de los derechos humanos se lleven a cabo las
investigaciones necesarias para que estos hechos no queden impunes. Desde la
Fundación para la Defensa y el Desarrollo Integral de las Personas reiteramos
nuestro rechazo a la violencia y a la criminalidad en Venezuela, al irrespeto a
los derechos humanos, a la vida, al libre tránsito, a la paz social y a las
instituciones públicas.
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